FINANCIAMIENTO INSTITUCIONAL: La Ley de Administración Financiera garantiza la plena funcionalidad de los organismos públicos

El marco normativo provincial asegura la funcionalidad y hace imposible que existan obstáculos en la operatividad de cualquier institución del Estado correntino. La vigencia de la norma Nº 5.571 y su reglamentación, Decreto Nº 3.055/04, desacreditan la denuncia pública del defensor del Pueblo. “No hay ningún tipo de persecución, hay una discusión. Tenemos visiones diferentes sobre el modo de hacer y actuar. No estoy de acuerdo con su comportamiento, puedo disentir”, señaló el ministro de Hacienda y Finanzas, Enrique Vaz Torres.

La normativa vigente en Corrientes garantiza el pleno funcionamiento y accionar de todas las instituciones que componen el Estado provincial, y en este contexto, la Defensoría del Pueblo como cualquier otro organismo público dispone de los mecanismos legales que le aseguran su funcionalidad y hacen imposible que existan obstáculos en su operatividad. “¿Qué ahogo financiero? Que lea lo que dice la ley, y qué dicen las normas vigentes con respecto al funcionamiento de la Defensoría del Pueblo”, respondió el gobernador Ricardo Colombi a la imputación pública que hizo el titular de la Defensoría del Pueblo, Miguel Alegre, especulando sobre una supuesta acción desde el Poder Ejecutivo en perjuicio del funcionamiento de esta institución.

La Ley de Administración Financiera Nº 5571 y su reglamentación, Decreto Provincial Nº 3.055/04, prevé la financiación de los gastos operativos que los organismos públicos demanden para su funcionamiento y la consecución de sus objetivos. La normativa establece que cuando un organismo del Estado provincial no cuenta con recursos suficientes en sus tesorerías jurisdiccionales, como sería el caso denunciado por Alegre en la Defensoría del Pueblo, esta institución puede mandar a pagar sus gastos a la Tesorería General de la Provincia.

De esta manera el organismo público tiene garantizado el pago de la telefonía e internet que el Defensor del Pueblo calificó como servicios básicos para su funcionamiento, así como también el alquiler de la sede en Capital y las subsedes en el interior. “No existe ningún impedimento para el funcionamiento de la institución. La normativa es clara al respecto”, afirmó el titular de la Tesorería General de la Provincia, Jorge Gazzo.

No hay persecución

“No hay ningún tipo de persecución, hay una discusión. Tenemos visiones diferentes sobre el modo de hacer y actuar, en ese sentido expreso lo que puedo expresar. No estoy de acuerdo con su comportamiento, puedo disentir”, señaló el ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia, Enrique Vaz Torres, en relación a la acusación por parte de Alegre.

“La Defensoría del Pueblo es un organismo descentralizado del Estado, pero puedo opinar sobre cómo se comporta el defensor. No estoy de acuerdo con lo que plantea, inclusive lo estamos discutiendo en la justicia y nos viene dando la razón, por lo tanto no tengo otro comentario que hacer”, afirmó Vaz Torres.

“Sigo sosteniendo que en estas instancias quiere presentar un protagonismo que en todos los años en que se desempeñó lamentablemente no tuvo”, señaló el Ministro y titular de la Dirección Provincial de Energía de Corrientes (DPEC).

Protagonismo

“Se fue por el lado de los problemas estructurales que tiene la problemática tarifaria, embistió contra estas cuestiones que son un problema estructural del país. La objetividad concreta en este caso es que el 80% del déficit nacional responde al déficit del sector energético y quiere el Defensor del Pueblo lograr que la DPEC no se financie para prestar servicio, y es algo un tanto descabellado; entonces lo único que explica esta posición del Defensor es tener un protagonismo sobre el final de su gestión porque es la Legislatura la que va decidir cuál ha sido su comportamiento y si le renuevan o no la posibilidad de seguir trabajando”, analizó Vaz Torres en relación a la actitud de Alegre.

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